El Movimiento por la Paz -MPDL-, Economistas Sin Fronteras y Transformando organizamos el pasado lunes 15 de junio un webinar orientado a emprendedores y emprendedoras para ayudar a sus pequeños negocios ante el impacto provocado por la COVID-19.

Os dejamos una pequeña presentación con los consejos que compartimos durante la sesión.

Este es un resumen de las ayudas para emprendedores que ofrece tanto el gobierno de España como las distintas Comunidades Autónomas a raíz de la crisis sanitaria y social provocada por la COVID-19. Para conocer en detalle el procedimiento de solicitud, las condiciones de cada una de ellas, o incompatibilidades te recomendamos visitar las páginas web del Gobierno de tu comunidad autónoma o de los organismos de Garantía Recíproca e institutos de finanzas de tu comunidad. Así mismo no dudes en solicitar ayuda a tus asesores.

Ayudas Estatales

Prestación de cese de actividad por coronavirus

  • Ayuda para los autónomos afectados cuya actividad fue suspenda por el estado de alarma o cuya facturación fue reducido al menos en un 75% en relación con la facturación promedio del período anterior de seis meses. a los autónomos. Consiste en el 70% de la base reguladora o con el 70% de la base mínima de cotización cuando no se disponga del tiempo mínimo cotizado para optar a ella.
  • No pagarán cotizaciones hasta el último día del mes en que finalice el estado de alarma.
  • Para calcular si se tiene derecho se hará una media entre los meses de octubre del 2019 y marzo del 2020 y se comparará con el mes de marzo.
  • Gestionan las Mutuas.

Préstamos ICO con avales del 80%

  • Tendrán efectos retroactivos en préstamos firmados desde el 18 de marzo.
  • Avalará hasta el 80% de los préstamos que soliciten los autónomos a los bancos.
  • Los créditos serán para mantener la liquidez y afrontar los gastos ocasionados por la crisis.
  • Si son para renovar préstamos que vencen en los próximos meses, la medida solo contempla el 60%.
  • No se pueden cancelar créditos anteriores a la crisis por parte de los bancos que se quieran acoger a esta medida.
  • El plazo máximo del aval del préstamo son 5 años por lo que los préstamos no excederán ese tiempo.
  • Podrán solicitar este aval hasta el 30 de septiembre de 2020.

Moratorias de los arrendamientos de locales

Los autónomos que hayan suspendido su actividad o que hayan sufrido una reducción económica del 75% con respecto al mes anterior. Requisitos:

  • El arrendatario debe ser una empresa, una entidad pública de viviendas o un gran tenedor con más de 10 inmuebles.
  • Arrendamientos de uso distinto de la vivienda.
  • El pago de la parte adeudada se pagará mediante el fraccionamiento de ésta en las próximas cuotas, con un máximo de 2 años
  • Se debe presentar la documentación del cese de actividad o de que su actividad se ha visto reducida en un 75%. Mientras el Estado de Alarma, máximo 4 meses.

Moratorias en los pagos hipotecarios de locales

  • Moratoria de hasta el último día del mes en el que termine el Estado de Alarma en los pagos hipotecarios de locales comerciales que se hayan adquirido para realizar la actividad en ellos.
  • No se pagarán ni devengarán intereses.
  • Se consideran prorrogados todos los contratos de alquiler que finalicen dentro del Estado de Alarma.
  • Microcréditos para el alquiler de vivienda a los que podrán optar los autónomos que hayan visto reducidas sus ganancias o han cesado su actividad. Estos créditos tienen un interés cero y podrán devolverse en un plazo de 6 a 10 años.

Moratoria de la cuota de autónomos por coronavirus

Correspondiente a Abril, mayo y junio de 2020

  • Las solicitudes deberán comunicarse a la TGSS dentro de los 10 primeros días naturales de los plazos reglamentarios de ingreso.
  • Además se podrá solicitar una moratoria sin intereses en el pago de la cuota del mes de Marzo o de los días trabajados.
  • Incompatible con la prestación por cese de actividad. Hasta el 30 de junio de 2020.
  • Gestiona TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social).

Ayudas Autonómicas

Andalucía

Ayudas a fondo perdido, para asegurar el teletrabajo en las empresas para poder seguir manteniendo su actividad durante el estado de alarma desde el 35% de la inversión subvencionable hasta el 50%, con un máximo de 75.000 euros. Agencia de innovación y desarrollo de Andalucía IDEA.

Ayudas para autónomos afectados por la crisis del Covid-19 de 300 euros, en un único pago. El límite para pedir la ayuda será hasta quince días después de declararse finalizado el estado. Incompatible con la prestación por cese. A través de la web de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.

Avales, por el 100 % de las cuantías de los préstamos solicitados. Con un importe de hasta 50.000 euros. La duración de los mismos será de entre 5 años a través de la Sociedad de Garantía reciproca “Garantía”. Operaciones entre el 14 de marzo y el 31 de octubre de 2020.

Aragón

Ayuda directa para los autónomos que se vea afectado por el cierre de negocios debido a la declaración del estado de alarma o cuya facturación este mes caiga un 75% respecto a la media mensual del semestre anterior. Equivalente al 70% de la base reguladora. Durante su duración no pagara las cotizaciones y se le tendrá por cotizado. Duración un mes con posibilidad de ampliación hasta el último día del mes en el que finalice el estado de alarma.

Asturias

Ayudas de hasta 400 euros mensuales a autónomos afectados por cierre obligado; para sufragar entre otros alquileres, suministros o hipotecas de los locales de negocio. Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica ACTUALMENTE CERRADA.

Línea de crédito por valor de 10 millones de euros, avalada al 100% por parte de Asturgar (sociedad de garantía recíproca) frente a las entidades.

Aplazamientos de seis meses, sin intereses, de los impuestos gestionados por la comunidad autónoma.

Baleares

Préstamos a interés cero a través de Isba SGR por valor de 50 millones de euros, para autónomos y las pymes con menos de 250 trabajadores.

Canarias

Ayuda por el otro 30% correspondiente a la prestación estatal por cese de actividad, con lo que los autónomos percibirán el 100% de la prestación del paro.

Aplazamiento IGIC hasta el 1 de junio de 2020. Además de este aplazamiento, el Ejecutivo canario.

Cantabria

Ayudas de carácter económico a los autónomos, gestionadas por SODERCAN (Sociedad de desarrollo Regional), por valor de entre 150 a 300 euros semanales.

El importe dependerá de la duración de la obligatoriedad del cese de la actividad y del número de trabajadores del solicitante.: El autónomo con un solo trabajador recibirá 150 euros.Entre dos y cinco trabajadores, 225 euros. Entre seis y nueve trabajadores, 300 euros.

Castilla-La Mancha

Ayudas por el cese de actividad de los autónomos, destinando 10.000.000 de euros del Plan Autoempleo cuyo fin es impulsar el empleo por cuenta propia, mediante el inicio de una actividad económica en Castilla-La Mancha, compensando los gastos de inicio de actividad a los que se enfrenta toda persona emprendedora. Desde 3.500 a 5.500 euros.

Ayudas para la reactivación de la actividad económica y el empleo, compensando las pérdidas económicas ocasionada por el COVID-19 destinadas a autónomos y microempresas.

  1. Que se hayan visto obligadas a la suspensión de su actividad.
  2. Que no habiendo suspendido la actividad económica haya sufrido una reducción de su facturación en el mes de abril de al menos el 60 por ciento, en relación con el mismo mes del ejercicio anterior.

Autonomos: la cuantía de la subvención para las personas trabajadoras autónomas sin asalariados será de 1.500 euros.

Miroempresa: la cuantía de la subvención para las microempresas será de entre 2200 y 3000 euros. Hasta 14 de Junio.

Ayudas para incrementar las medidas sanitarias y de seguridad en los establecimientos de comercio, restauración y hostelería de Castilla-La Mancha. a) La adquisición de gel hidroalcohólico y dispensadores. b) La adquisición y montaje de mamparas de protección c) La adquisición de vinilos de señalización. La cuantía máxima será de 400 euros por beneficiario. Hasta el 25 de junio.

Ayudas de cheque exportador de 8.000 euros para que las empresas determinen dónde focalizar sus esfuerzos tras el coronavirus.

Castilla y León

Ayudas para el pago de la tarifa plana de 60 euros al mes durante seis meses enfocadas a la vuelta de todos los autónomos que hayan cesado su actividad y vuelvan después al trabajo.

Ayudas equivalentes al 40% de la cuota la Seguridad Social, durante tres meses a los autónomos que, habiendo cesado su actividad, decidan reincorporase.

Ayudas de 427 euros equivalentes, para los autónomos que se hayan quedado sin actividad económica e ingresos, y no cuenten con ninguna prestación.

Avales de Iberaval, para autónomos y micropymes de tres tipos:

  • Por 20 millones de euros en forma de préstamos de entre 6.000 y 40.000 euros sin intereses.
  • Por 40 millones de euros para la hostelería, el comercio y el turismo.
  • Por 25 millones de euros para préstamos de entre 6.000 y 600.000 euros destinados a soluciones digitales de urgencia.

Cataluña

Ayuda de una prestación de hasta 2.000 euros para autónomos que acrediten reducción de ingresos en marzo de 2020 en comparación con marzo de 2019. Será incompatible con cualquier otra ayuda destinada a la misma finalidad. Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias-

Avales de El Institut Català de Finances (ICF) en los que se asumirá el 80% del riesgo de las operaciones. Esta línea de crédito tendrá un presupuesto de 1.000 millones de euros. Incluye una serie de restricciones relacionadas con la reducción del empleo y el reembolso de otros préstamos que la empresa ya tiene.

Comunidad Valenciana

Ayuda directas a los autónomos por valor de 750 euros para los autónomos que hayan visto reducida la actividad y 1.500 euros para aquellos que hayan tenido que cerrar.

Prestamos para autónomos de hasta 750.000 euros, avalada a 100% por la Sociedad de Garantía Recíproca, SGR con las siguientes características: Sin comisión de apertura. Diez años de vida. Tipo de interés cero. Carencia de dos años.

Extremadura

Aplazamientos y fraccionamientos de pago por deudas de tributos y deudas de la comunidad autónoma, sin necesidad de garantía, cuando su importe no exceda de 50.000 euros.

Galicia

Ayuda del pago de los intereses generados por Préstamos de una línea por valor de 250 millones de euros para quienes vean reducidas su actividad. Estos préstamos tendrán una duración de tres años de amortización con un año de carencia.

Madrid

Ayuda de 3.200 euros ( Programa Impulsa) por autónomo que permanezca de alta en el citado régimen especial durante, al menos, los 12 meses siguientes a la presentación de la solicitud. A través del sitio web de la Comunidad Autónoma de Madrid.

Bonificaciones (Madrid Ciudad) del IBI y el IAE del 25% en los casos en los que afecte a negocios relacionados con el turismo.

Ayuda por el abono de las cotizaciones sociales de marzo y abril de 2020, para asegurar la continuidad de su negocio y tratar de evitar el abandono debido a las dificultades ocasionadas por la crisis sanitaria del COVID-19 Para aquellos autónomos que hayan iniciado su actividad en el mes de marzo de 2020 o hayan experimentado, en marzo de 2020, una reducción de, al menos, un 30 por ciento de la facturación, respecto del mes de febrero de 2020 o respecto del mes de marzo de 2019. ACTUALMENTE CERRADA

Murcia

Ayudas para dotar de liquidez a las empresas. Se pueden solicitar para pequeñas y medianas empresas, está dotada con 1,5 millones de euros y el importe máximo por beneficiario será de 50.000 €. El plazo para solicitarlas termina el 30 de septiembre o hasta agotar los fondos. Gobierno de la Región de Murcia

Navarra

Aplazamientos de deudas tributarias correspondientes a declaraciones liquidaciones o autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso en período voluntario finalice entre el 14 de marzo y el 1 de junio de 2020. Se podrán aplazar las retenciones y pagos a cuenta. El requisito es que volumen de operaciones no supere 6.010.121,24 euros en 2019 y quedar al corriente de sus obligaciones tributarias con la concesión del aplazamiento, situación que deberá mantener durante toda la vigencia del mismo. Gobierno de Navarra.

País Vasco

Ayuda máxima de 3.000 euros para autónomos que hayan cerrado. Bien el pago de la cotización como trabajador por cuenta propia o bien el arrendamiento del local de negocio. Requisitos: Empadronamiento en el País Vasco. Domicilio social y fiscal dentro la comunidad autónoma. Dedicarse de forma exclusiva a una de las actividades que han quedado suspendidas.

Hasta agotar la partida. Gestiona Lambide.

El 25 de marzo el Congreso de los Diputados, aprobó, hasta las 0.00 horas del día 12 de abril, la prórroga del estado de alarma establecido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Durante las últimas semanas se ha aprobado un amplio paquete de medidas de ámbito económico y social.

Todas estas medidas están recogidas en los siguientes Reales Decretos-leyes:

  • Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública.
  • Real Decreto ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.
  • Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
  • Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19.
  • Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales.

Y por último el  Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

A quien va dirigido

A un importante número de colectivos desde autónomos a familias y colectivos vulnerables. Pero nosotros nos centraremos en este post en las medidas que nos afectan como trabajadores autónomos.

Recordar que siempre debéis recurrir a vuestras asesorías o gestorías  para una mayor información se pude consultar en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo que incluye además otras medidas de carácter social y de protección a los consumidores. 

Moratoria de las cotizaciones. Pendiente de Orden Ministerial.

  • Se posibilita la prorroga en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social atendiendo a excepcionales circunstancias, en los casos y condiciones que se determinen mediante Orden Ministerial. (Aún sin publicar).

El periodo de devengo en el caso de empresas sería el comprendido entre abril y junio de 2020, mientras que en el caso de los autónomos sería el comprendido entre mayo y julio de 2020.

 Las solicitudes se tramitarán de forma individualizada para cada código de cuenta de cotización,  a través del sistema RED o de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social (SEDESS) y dentro de los 10 primeros días naturales de los plazos reglamentarios de ingreso correspondientes a los períodos citados. Sin que en ningún caso proceda para aquellas cotizaciones cuyo plazo reglamentario de ingreso haya finalizado con anterioridad a dicha solicitud.

Aplazamientos de deudas con la Seguridad Social (abril a junio 2020)

  • Se posibilita que las empresas y autónomos que no tengan en vigor aplazamientos de pago de deudas con la Seguridad Social puedan solicitar el aplazamiento del pago de sus deudas con la Seguridad Social, que deban ingresar entre los meses de abril y junio de 2020, con una rebaja sustancial del tipo de interés exigido que se fija en el 0,5%.

Las solicitudes de prorroga deberán comunicarse a la Tesorería General de la Seguridad Social dentro de los 10 primeros días naturales de los plazos reglamentarios de ingreso correspondientes a los períodos de devengo señalados, sin que en ningún caso procederá la prórroga de aquellas cotizaciones cuyo plazo reglamentario de ingreso haya finalizado con anterioridad a dicha solicitud.

Prestación por cese de actividad

  • Se recoge que aquellos autónomos que hayan suspendido su actividad y pasen a percibir la prestación por cese de actividad regulada en el Real Decreto-ley 8/2020 y que no hayan ingresado en plazo las cotizaciones sociales correspondientes a los días efectivamente trabajados del mes de marzo, podrán abonarlas fuera de plazo sin recargo.
  • Se prevén las formas en que se puede acreditar la reducción de la facturación. Para aquellos trabajadores autónomos que no estén obligados a llevar los libros (modulos) que acreditan el volumen de actividad, deberán acreditar la reducción al menos del 75% exigida por cualquier medio de prueba admitido en derecho.
  • La prestación podrá solicitarse hasta el último día del mes siguiente a la finalización del estado de alarma.

Deuda hipotecaria y Alquileres autónomos

  • La prórroga de la deuda hipotecaria del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, se extiende ahora a dos nuevos colectivos: el de los autónomos, empresarios y profesionales respecto de los inmuebles afectos a su actividad económica, de un lado, y a las personas físicas que tengan arrendados inmuebles por los que no perciban la renta arrendaticia en aplicación de las medidas en favor de los arrendatarios.

En caso de ser trabajador  autónomo,  debemos demostrar sufra una pérdida sustancial de sus ingresos o una caída sustancial en su facturación de al menos un 40%. Y que los ingresos de la unidad familiar no superen unos límites determinados.

Esta prórroga es para: a) La vivienda habitual. b) Inmuebles afectos a la actividad económica que desarrollen los autónomos c) Viviendas distintas a la habitual en situación de alquiler y para las que el deudor hipotecario persona física, propietario y arrendador de dichas viviendas, haya dejado de percibir la renta arrendaticia desde la entrada en vigor del Estado de alarma o deje de percibirla hasta un mes después de la finalización del mismo.

Otras deudas con bancos

  • Este real decreto-ley amplía el alcance de la prorroga  a los créditos y préstamos no hipotecarios que mantengan las personas en situación de vulnerabilidad económica, incluyendo los créditos al consumo.

Autónomos y préstamos de instituciones

  • Aquellos trabajadores autónomos que tengan créditos o préstamos financieros cuya titularidad corresponda a una Comunidad Autónoma o Entidad Local podrán solicitar el aplazamiento del pago de principal y/o intereses a satisfacer en lo que resta de 2020.

La solicitud presentada deberá incorporar:

  • Una memoria justificativa en la que se acredite la insuficiencia de recursos ordinarios o dificultad grave para atender al pago de los vencimientos.
  • Una declaración responsable de que la empresa está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Suministros en Negocio

Suspensión de los contratos de suministro

  • Se permite que los autónomos puedan suspender temporalmente sus contratos de suministro o modificar sus modalidades de contratos sin penalización; asimismo, se les posibilita el cambio de peaje de acceso y el ajuste de la potencia contratada al alza o a la baja, sin coste alguno. Una vez concluido el estado de alarma, se les vuelve a permitir una nueva modificación sin coste ni penalización.

Suspensión del pago con aplazamiento

  • Se ha establecido un mecanismo de suspensión del pago de la factura de electricidad, gas natural y determinados productos derivados del petróleo, por parte del titular del contrato al comercializador de electricidad y gas. Una vez finalizado dicho estado de alarma, las cantidades adeudadas se regularizarán a partes iguales en las facturas emitidas por las comercializadoras de electricidad y gas natural, correspondientes a los periodos de facturación en los que se integren los siguientes seis meses

Suministros en Vivienda habitual

  • Mientras esté en vigor el estado de alarma, no podrá suspenderse el suministro a consumidores domésticos en su vivienda habitual, por motivos distintos a la seguridad del suministro, de las personas y de las instalaciones, aunque conste dicha posibilidad en los contratos de suministro o acceso suscritos por los consumidores.

Ampliación del plazo para recurrir. (Impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje)

  • El cómputo del plazo para interponer recursos en vía administrativa o para instar cualesquiera otros procedimientos que los sustituyan de acuerdo con lo previsto en las Leyes, en cualquier procedimiento del que puedan derivarse efectos desfavorables o de gravamen para el interesado, se computará desde el día hábil siguiente a la fecha de finalización de la declaración del estado de alarma, con independencia del tiempo que hubiera transcurrido desde la notificación de la actuación administrativa objeto de recurso o impugnación con anterioridad a la declaración del estado de alarma.

Medidas en materia de subvenciones y ayudas públicas

  • En los procedimientos de concesión de subvenciones, las órdenes y resoluciones de convocatoria y concesión de subvenciones y ayudas públicas que ya hubieran sido otorgadas en el momento de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020 podrán ser modificadas para ampliar los plazos de ejecución de la actividad subvencionada y, en su caso, de justificación y comprobación de dicha ejecución, aunque no se hubiera contemplado en las correspondientes bases reguladores.

Bono social en Vivienda habitual

  • Los autónomos podrán acogerse al bono social de electricidad, de manera excepcional y temporal, en su vivienda habitual, siempre que tengan una renta igual o inferior a determinados umbrales referenciados al IPREM, y que acrediten ante la comercializadora de referencia, haber cesado en su actividad profesional como profesionales autónomos o haber visto su facturación reducida en un 75 por ciento en promedio respecto al semestre anterior.